En un ecosistema empresarial como el canario, la movilidad no es un lujo, sino una necesidad. Sin embargo, la decisión entre adquirir un vehículo en propiedad o acogerse a un contrato de renting no debe basarse exclusivamente en la logística, sino en un análisis más profundo de la eficiencia fiscal.

En este artículo, explicaremos en detalle la tributación de los coches de empresa de renting para autónomos, incluyendo los cambios recientes en la legislación, la declaración del IGIC, del IRPF, el impuesto sobre sociedades y más.

Cómo tributa una furgoneta de empresa

Concepto

Furgoneta Diésel (Euro 6)

Furgoneta eléctrica 

IGIC aplicado

7 %

0 % (tipo cero)

Deducción IRPF (especie)

0 % reducción

30 % reducción (máximo legal)

Impuesto de matriculación

Hasta 13,75 % (según CO2)

Exento (0€)

Gastos de mantenimiento

Deducible 100 % (incluido)

Deducible 100 % (incluido)

Bonificación IVTM (rodaje)

Según municipio

Hasta 75 % bonificación

Para que una furgoneta de empresa sea considerada como un gasto deducible, la clave reside en la afectación a la actividad económica que se realice.

A diferencia de la compra, donde la amortización sigue tablas lineales durante años, con el renting se considera un gasto operativo (OPEX):

  • Para sociedades: las cuotas mensuales son deducibles al 100 % en la base imponible del Impuesto de Sociedades, siempre que se demuestre que el vehículo es necesario para generar ingresos.
  • Para autónomos: en el IRPF, la norma es más estricta. Si el vehículo se usa también para fines particulares, la Agencia Tributaria suele permitir solo el 50 % de deducción, a menos que se trate de vehículos comerciales, de transporte de viajeros o de agentes comerciales rotulados.

Con el renting flexible de Xtravans, se simplifica la contabilidad. No hay que gestionar depreciaciones complejas; la factura mensual entra directamente como un gasto de ejercicio, mejorando considerablemente el flujo de caja y la prestación de balances ante entidades bancarias.

¿Cómo afectan el IGIC y el Régimen Especial?

Aquí es donde viene la diferenciación con el resto de la península. En Canarias no se opera con IVA, sino con el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).

Declaración del IRPF

La fiscalidad del coche de empresa de renting en el IRPF es similar al resto de España. En este caso, el uso del vehículo para fines particulares también se identifica como retribución en especie.

El porcentaje de partida es del 20 % del valor de mercado del vehículo en el año del contrato, incluyendo los impuestos y los gastos. Este porcentaje se puede deducir independientemente de la duración del contrato de renting; en otras palabras, da igual que dure 12 o 60 meses, el 20 % se mantendrá.

declaración de la renta

Asimismo, el tratamiento fiscal del coche de empresa de renting establece que dicha cantidad también se puede deducir sobre el uso que se dé con fines particulares, es decir, toda aquella actividad que se desarrolle fuera del horario laboral.

Del mismo modo, se puede deducir la valoración de las furgonetas que son cedidas a empleados, según el tipo de vehículos:

  • Un 15 % para todos aquellos vehículos que no superen los 120 g/km y cuyo valor de mercado no supere los 35.000 euros.
  • Un 20 % para los vehículos híbridos, motores de combustión con fósiles alternativos que no superen los 35.000 euros sin impuestos.
  • Un 30 % para las furgonetas eléctricas, como la ID.Buzz Cargo, con una autonomía de 15 km o superior y que no sobrepasan los 40.000 euros sin impuestos.

¿Quieres saber cómo desgravar el renting de tu coche de empresa? En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber:  Cómo desgravar el renting de tu coche de empresa o como autónomo.

Impuesto sobre sociedades para vehículos de empresas

Todas las cuotas de renting y todos los gastos asociados al servicio, se pueden deducir en el Impuesto sobre Sociedades, siempre y cuando se cumplan las condiciones mínimas para tal fin, y se podrá justificar de la siguiente manera:

  • Registro contable.
  • Imputación con base en criterio de devengo.
  • Correlación de ingresos y gastos.
  • Justificación documental.

Riesgos y sanciones por no tributar correctamente

No todo va a ser deducciones, también hay que evitar multas. En los últimos tiempos, Hacienda ha optimizado sus algoritmos de detección de fraude en flotas de vehículos.

Si se deduce el 100% del IGIC o la cuota de IRPF y Hacienda demuestra que el uso es mixto, la sanción podría ascender al 50% de la cantidad dejada de ingresar, más los intereses de demora.

Caso común: un autónomo que rotula su furgoneta, pero la emplea para desplazamientos vacacionales documentados en redes sociales o detectados por radares en días no laborales.

Sin embargo, para el IRPF, Hacienda no solo mira cuánto usas el coche, sino cuánto tiempo está disponible para ti. Si el coche duerme en tu hogar, la AEAT considera que está “disponible” para uso privado el 100% del tiempo fuera del horario laboral, lo que obliga a declarar una retribución en especie mayor.

¿Cómo afecta el renting en mi nómina? Aquí tienes toda la información:  ¿Cómo afecta el renting de una furgoneta a mi nómina?

Consejos prácticos para el cierre de ejercicio 

Para asegurar que tu estrategia de movilidad sea impecable ante una posible auditoría, nuestro equipo de consultores te recomienda seguir estos consejos:

  • Revisa y ajusta el kilometraje: el renting flexible te brinda la posibilidad de modificar el kilometraje contratado. Si vas a pasarte del límite, ajusta antes del cierre del ejercicio. Un aumento de los kilómetros pagados a posteriori es deducible, pero si es muy elevado y sin justificación profesional, puede levantar sospechas.
  • Digitalización obligatoria: en 2026, la factura electrónica será obligatoria. Asegúrate de que todas tus facturas de Xtravans se integren en tu software contable. Usa apps de gestión que vinculen cada carga eléctrica o ticket de combustible al número de bastidor del vehículo.
  • Certificado de eficiencia energética: solicita la ficha técnica y el certificado de emisiones. Este documento es tu escudo fiscal para aplicar las reducciones del 30 % en el IRPF de tus empleados sin que Hacienda pueda cuestionar la categoría del vehículo.

Tributa correctamente tu renting de furgonetas con Xtravans

La tributación de los coches de empresa es un aspecto importante que tanto las empresas como los empleados deben tener en cuenta. Es crucial comprender los diferentes impuestos involucrados, así como las estrategias legales para optimizar la tributación y evitar problemas fiscales en el futuro.

En Xtravans somos especialistas en poner en tus manos las mejores furgonetas para tu empresa. Con ellas, podrás desarrollar cualquier trabajo de manera cómoda y efectiva. Accede a nuestro sitio web y conoce todos nuestros servicios de renting flexible.